La Corte Constitucional legalizó el suicidio medicamente asistido, por lo que esta será otra posibilidad para las personas que quieran acceder a una muerte digna.
El suicidio médicamente asistido, en el que, a diferencia de la eutanasia, es el paciente el que ejecuta la acción para poner fin a su vida.
Con 6 votos a favor y 3 en contra, la Corte legalizó dicho procedimiento y lo eliminó del Código Penal la responsabilidad que recaía en lo médicos que decidiera asistir a las personas en condiciones de salud graves.
La demanda fue admitida por la Corte Constitucional el 1 de septiembre del año pasado y con ella se buscaba declarar la exequibilidad condicionada del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que establece penas de entre 32 y 108 meses de prisión a quien «eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización».
«Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de 16 a 36 meses», agrega el artículo demandado.
De acuerdo a lo establecido por la Corte, el suicidio medicamente asistido podrá realizarse cuando al paciente se le diagnostique una lesión corporal, enfermedad incurable o por intensos dolores físicos o psíquicos. Además, el paciente tendrá que contar con la asistencia de un profesional y un consentimiento informado.